. La Dirección de Servicios Sociales de la Asociación Judicial Bonaerense ha establecido los siguientes requisitos para acceder a estos servicios.
. El afiliado podrá utilizar servicios a partir del tercer descuento en los sueldos. Esta cobertura actúa como complementario del IOMA, sea por prácticas médicas, odontológicas, bioquímicas e internaciones.Tendrán servicios inmediatos aquellos empleados judiciales que presenten su afiliación dentro de los 60 días de su ingreso al Poder Judicial; como también, aquellos que renuncien a otra obra social y presenten su afiliación a ésta. Unicamente podrán incorporar familiares a cargo aquellos que acrediten el vínculo de los mismos con el IOMA . La relación familiar se reconoce en los siguientes casos:
En los casos de adopciones, menores tutelados, incapacitados y concubinos, deberá aportarse la documentación correspondiente. Para quienes tengan hijos menores de edad con diferentes número de IOMA se sugiere hagan el trámite ante el Instituto de Obra Médico Asistencial para que queden con el mismo número que el tiutular. En el caso de incorporación de familiares a cargo que tengan distinto número de IOMA que el titular, deberá abonar un aporte adicional para cada uno. Contenido de la Guía de prestaciones 2008: | ||
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Prestaciones
